

La semana pasada, en mi clase de Derecho español para traductores jurídicos, empezamos el módulo dedicado a los profesionales del Derecho y el personal al servicio de la Administración de Justicia.
Vimos la importancia de entender que no todo el que estudia Derecho es abogado y de no confundir ambos conceptos.
Un juez es licenciado o graduado en Derecho, pero no es abogado. Un procurador es licenciado o graduado en Derecho, tampoco es abogado. Lo mismo con los registradores de la propiedad y un largo etcétera de profesionales del Derecho que ejercen funciones muy distintas a la abogacía.
Una de mis alumnas me preguntó si íbamos a ver la figura del notario en clase. Como no es el caso, le prometí una entrada sobre este asunto y aquí está. Con ella inauguro una sección en la que iremos conociendo poco a poco a los distintos profesionales del Derecho.
Y he de decir que me ha encantado escribir esta entrada, porque me ha servido a mí misma para organizar la información que tenía hecha un batiburrillo en mi cabeza y aprender cuestiones y curiosidades que me eran desconocidas.
Dado el papel que el notario juega en algún momento de nuestras vidas (personal o profesionalmente), me parece un tema especialmente interesante y en realidad de cultura general.
Al empezar a tirar del hilo me encuentro con que el tema da mucho de sí, así que si tras leer esta entrada te pica más la curiosidad, mi recomendación es que acudas a los blogs de algunos notarios que además de ilustrativos son bastante divertidos. Por ejemplo, el de Francisco Rosales de Salamanca, el de Justito El Notario y otros que enlazo más abajo en distintas secciones de esta entrada.
Así que, ¿todo listo para entrar en el mundo del notariado? ¡Vamos!
¿Qué es exactamente un notario?
Lo primero que quizás debamos saber es que los notarios son a la vez funcionarios públicos y profesionales autónomos del Derecho.
Como funcionarios públicos, su labor consiste en dar fe pública en las relaciones de Derecho Privado.
Recojo aquí cómo define fe pública el Diccionario de español jurídico de la RAE:
Facultad con la que están investidos determinados agentes para certificar que los hechos que les constan son verdaderos y auténticos.
Es decir, que un notario tiene la facultad de acreditar que un hecho del que es testigo es veraz y dotar de autencicidad y fuerza probatoria a la voluntad de las partes que intervienen en un acto concreto.
Los notarios tienen por tanto la facultad de autenticar documentos que gozarán de especial eficacia jurídica. Y las leyes españolas exigen que la inscripción en cualquier registro público se haga por medio de escritura pública (y ésta solo se realiza en España en las notarías).
Intervienen en las hipotecas, en las constituciones de sociedades, en las compraventas… . Hoy en día es posible contraer matrimonio ante notario y también divorciarse de mutuo acuerdo ante notario. Y en general, aporta un paraguas de legalidad para acuerdos entre partes y documentos privados.
Por otro lado, son profesionales autónomos del Derecho que organizan su oficina notarial como cualquier otro empresario.
A pesar de que lo que cobran por sus servicios está estipulado por ley (es decir todos cobran exactamente lo mismo por idénticos servicios porque están sujetos al arancel notarial), como cualquier autónomo un notario ganará más o menos en función del volumen de trabajo que tenga (fundametalmente en función del número de escrituras que otorgue al año).
Su volumen de trabajo viene a su vez determinado por el lugar en el que esté la notaría (no es lo mismo una notaría en un pueblito de Murcia que en la ciudad de Barcelona, por ejemplo), por el tráfico económico (la crisis inmobiliaria lógicamente les afectó muchísimo) o lo bien relacionado que esté, sepa hacer su trabajo y gestionar comercialmente su negocio.
Si tienes curiosidad por saber cómo es el día a día de un notario, te invito a leer esta entrada de Enrique Montoliu en Notarios en Red.
¿Cuál es el procedimiento para ser notario?
Para ser notario se exige fundamentalmente:
- Ser licenciado o graduado en Derecho
- Aprobar las oposiciones del Ministerio de Justicia
Las oposiciones a notaría son de las más duras, con un temario muy extenso y algunos se tiran años y años preparándolas. Leo que los más rápidos las sacan en una media de 3 a 5 años. Pero Justito el Notario por ejemplo cuenta en su blog que él tuvo que invertir 11 años.
Consisten en cuatro ejercicios (buena parte de ellos orales) sobre temas de Derecho Civil, legislación hipotecaria, Derecho Mercantil, legislación notarial, legislación tributaria, Derecho Administrativo y Derecho Procesal.
¿Qué son los distritos notariales?
Los casi 3000 notarios que hay en España se organizan en Colegios Notariales, uno por Comunidad Autónoma y el territorio de cada Colegio se divide en distritos notariales que abarcan varios municipios (suelen coincidir con los partidos judiciales) y se encargan de garantizar el servicio en todo el territorio.
Hay pueblos que no tienen notaría pero tienen derecho a servicios notariales, que serán prestados por una notaría próxima. Es el Ministerio de Justicia el que determina, atendiendo a criterios sociales, el número de notarías que tiene que haber por localidad.
Por tanto, como ocurre por ejemplo con las farmacias, hay un número limitado de notarías por distrito.
La petición de notaría se resuelve a través de concurso notarial. Es decir, los notarios, en función de su escalafón notarial, pueden elegir cualquier notaría de las que estén vacantes. No te pierdas este entrada del blog de la Notaría Llopis si quieres saber más sobre el concurso notarial o cómo los notarios cambian de plaza.
Las personas, cuando necesitamos los servicios de un notario, podemos elegir el que queramos libremente, pero hay ciertas limitaciones por cuestión de esta demarcación territorial.
Si, por ejemplo, compramos una casa, podremos otrorgar la escritura ante cualquier notario que nosotros elijamos incluso si es en otra provincia.
Pero si lo que queremos es por ejemplo que el notario se desplace para levantar un acta, entonces viene la limitación territorial. Los notarios son competentes para actuar dentro de su municipio. También pueden actuar en otros municipios dentro de su distrito notarial que carezcan de notario.
Hay otras limitaciones tanto de carácter objetivo como subjetivo a la hora de elegir notario aquí o allí. Si quieres profundizar en esta materia, puedes leer esta entrada en el blog de Notarios en Red.
¿Quienes trabajan en una notaría?
Además del notario, en una notaría podemos encontrar el siguiente personal:
- oficiales
- copistas
- personal de pólizas
- personal de administración
- personal de recepción
Con el fin de no extenderme en demasía en este ámbito (o mi entrada sería eterna), me voy a detener brevemente en explicar quiénes son oficiales y copistas y para el resto te remito más abajo a dos entradas super completas sobre el organigrama de una notaría.
¿Quiénes son los oficiales en una notaría?
Los oficiales son quienes redactan las escrituras que firmará el notario y son sus personas de confianza. Tratan directamente con los clientes y saben hacer muy bien su trabajo.
También puedes escuchar la denominación de matriceros, por ser quienes hacen las matrices, es decir, los documentos originales que firman las partes y el Notario.
Dentro de los oficiales hay distintas categorías:
- auxiliar
- oficial primero
- oficial segundo
En función de esta categoría pueden encargarse de redactar escrituras sencillas o más complejas. Y, según el volumen de la notaría, pueden estar especializados en determinadas materias (sucesiones, hipotecas, etc.).
¿Quiénes son los copistas en una notaría?
Leo en el blog de Notaría Abierta:
Verdaderos especialistas notariales son los copistas. Son los encargados de elaborar los documentos que salen de la Notaría para circular en el mundo jurídico. Quizá sean los compañeros menos conocidos. Al fin y al cabo son los que menos trato directo tienen con los ciudadanos. Y, sin embargo, su labor es fundamental.
Y en el blog de Oficial de Notaría leo lo siguiente sobre sus competencias concretas:
El personal de copias o copistas expide las copias autorizadas y simples de las escrituras, efectúa las correcciones detectadas y anotadas por el notario en la lectura de la escritura, alerta de posibles fallos formales en las propias escrituras que deberán ser posteriormente subsanados ante el notario; contactan y remiten documentación por medios telemáticos a los Registros de la Propiedad y Mercantiles, a los Ayuntamientos (…).
Creo que con esto te haces ya una idea, ¿verdad?
¿Qué son los actos notariales?
Por último, voy a remitirte a esta otra entrada sobre los actos notariales que publiqué en el blog en la que te cuento:
- ¿Qué son los actos notariales vs documentos notariales?
- ¿Qué son las escrituras matrices?
- ¿Qué es el protocolo notarial?
- ¿Qué es copia autorizada vs copia simple?
- ¿Qué son los testimonios?
¡Y esto es todo por hoy!
Espero que tú hayas disfrutado con esta entrada (tanto como yo escribiéndola), al aprender curiosidades del mundo de los notarios.
Por último, cuéntame en comentarios: como traductor o intérprete, ¿cuál es tu experiencia con notarios y actos notariales?
¡Feliz jueves!