Cavilando sobre qué escribir hoy en el blog de pronto he pensado que a veces damos por sentado lo más básico.
He dedicado múltiples entradas a explicar términos y expresiones esenciales dentro de las distintas ramas del Derecho y sin embargo nunca me he detenido a explicar este concepto, pensando que era una obviedad.
Pero la experiencia con mis alumnos traductores me ha demostrado durante años, que preguntados sobre a qué rama específica del Derecho pertenece tal o cual concepto o tal o cual norma, no saben responderme o no se sienten muy seguros de la respuesta.
Y realmente, encuadrar un texto que vamos a traducir o enmarcar el contenido de una interpretación en su rama del Derecho, es esencial para saber de qué hilo comenzar a tirar para documentarnos.
Así que hoy, vamos a empezar por el principio, ¿te parece?
En concreto me voy a centrar en 5 ramas fundamentales en las que encontramos además también órganos jurisdiccionales.
Una nota antes de nada: verás que yo suelo escribir las ramas del Derecho con la primera letra en mayúscula. Es como lo aprendí y a día de hoy me cuesta no hacerlo. Para mí son grandes nombres pero entiendo perfectamente que la corrección ortográfica no justifica esta manera de escribirlo.
Ok, pues… ¡empecemos!
¿Qué son las ramas del Derecho?
Tradicionalmente se entiende el conjunto de ordenamiento jurídico como un árbol con muchas ramas. Cada rama es un área de especialización, por ejemplo: penal, laboral, administrativo, etc. Las asignaturas de la carrera (ahora grado) de Derecho suelen coincidir con estas ramas.
¿Qué son el Derecho Público y el Derecho Privado?
Antes de hacer un breve repaso de las ramas del Derecho fundamentales conviene detenernos en esta primera clasificación de las disposiciones del ordenamiento jurídico.
Esta es una división fundamental del Derecho que tiene una larga vigencia histórica, pues procede del Derecho Romano. En éste se distinguía ya entre el Derecho Público, que regulaba todo lo concerniente a la cosa pública y el interés general, y el Derecho Privado, que regulaba los derechos y los intereses de los individuos o particulares.
Esta distinción sigue vigente en nuestros días y aunque ahora la delimitación entre ambas categorías es más difusa (pues por ejemplo el Estado actúa en muchas relaciones jurídicas a título privado), sigue siendo muy útil para que puedas tener una visión de conjunto del ordenamiento jurídico (del español y de otros).
Así, por ejemplo, las ramas del Derecho Penal o el Administrativo se encuadran dentro del Derecho Público. Y el Derecho Civil es el paradigma del Derecho Privado.
Por si te apetece profundizar en esta distinción primaria, te dejo aquí este programa cortito de la radio de la UNED en el que lo explican francamente bien:
¿Qué es el Derecho Penal?
Es la rama del Derecho que se encarga de castigar las conductas tipificadas como delito. La norma fundamental aquí es el Código Penal y también hay algunas leyes penales especiales, como la que regula la responsabilidad penal de los menores.
Cuando hablamos por tanto de delitos y penas, estamos ante un asunto penal, que se juzgará por los órganos judiciales de la jurisdicción penal.
¿Qué es el Derecho Civil?
En el Derecho Romano, el Derecho Civil era todo el Derecho Privado. Es decir: todo lo que afectaba a los intereses de los particulares, a las relaciones entre ellos. Aquí situamos las normas que regulan la familia, la propiedad, los contratos y las obligaciones.
Desde que nacemos hasta que morimos, el Derecho Civil nos acompaña para gestionar nuestra vida personal y familar, nuestras propiedades y posesiones y los contratos que celebramos con otros.Y los conflictos que tengamos se resolverán en los juzgados y tribunales de la jurisdicción civil.
También aquí la norma fundamental es un código, el Código Civil, al cual acompañan algunas leyes especiales separadas como por ejemplo la Ley de Propiedad Horizontal.
¿Qué es el Derecho Administrativo?
Es la rama del Derecho que regula la actuación de la Administración del Estado. Cada actuación de un servicio del Estado es un acto administrativo que tiene que estar sujeto a unas condiciones de legalidad y formalidad. El Estado no puede hacer lo que se le antoje y como se le antoje.
Los ciudadanos podemos impugnar los actos administrativos, por ejemplo una multa de tráfico, ante la propia Administración en primera instancia. Si agotamos esta vía administrativa sin el resultado que esperamos, podemos entonces acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa para que se revise la legalidad de el acto administrativo en cuestión.
En esta rama no hay código, sino múltiples leyes debido a que las competencias de la administración son muy amplias. Hay además especialidades que han adquirido una identidad propia, como por ejemplo el Derecho Fiscal o Tributario o el Derecho Urbanístico, que son en definitiva materias administrativas.
¿Qué es el Derecho Laboral?
Es la rama del Derecho que regula los contratos de trabajo y las relaciones entre empresarios y trabajadores.
Es precisamente un ejemplo de intervención del Estado en un ámbito que en principio sería privado, una intervención que se produce por entenderse que empresario y trabajador tienen una relación en la que las fuerzas no están equilibradas y se hace preciso proteger a la parte más débil, el trabajador.
En esta rama se incluye también todo lo relativo a la Seguridad Social.
La norma fundamental es el Estatuto de los Trabajadores y los conflictos de naturaleza laboral se dirimen en los Juzgados de lo Social.
¿Qué es el Derecho Mercantil?
Por último, quiero referirme a esta rama tan relevante para un traductor por ser una de las que más textos genera para ser traducidos.
Procedente del Derecho Civil originariamente, el Mercantil es un conjunto especializado de normas relacionadas con la actividad empresarial y el mercado.
Pertenece al Derecho Privado y actualmente está separado del Derecho Civil. La ley mercantil más fundamental es el Código de Comercio, pero hay muchas leyes mercantiles especiales que lo complementan, como por ejemplo La Ley de Sociedades Anónimas o la Ley Concursal.
Desde solo 2004 existen los Juzgados de lo Mercantil, que son unos juzgados especializados dentro del orden civil. Conocen de conflictos sobre las materias de carácter mercantil que la ley les encomienda y sobre materia concursal.
Y esto es todo, ¡de momento! Existen otras ramas del Derecho como el Internacional, el Procesal o el Constitucional, pero esto queda ya para otra entrada futura.
Espero que esta entrada de conceptos básicos pero fundamentales te haya servido para tener más clara una visión de conjunto del ordenamiento jurídico español. ¡Cuéntame en comentarios qué te ha parecido!
Feliz jueves,
4 comentarios. Dejar nuevo
Excelente la visión general que da sobre las distintas áreas del Derecho español. Si bien la legislación de otros países de habla hispana difieren cada una en algunos aspectos, creo que por tener una raiz comun, es la misma para todos los demás paises basados en el derecho frances y que tradujo en America don Andres Bello.
¡Gracias, Dora! Me alegra que te haya gustado.
Muchas gracias Lola por esta explicación tan sencilla y clara, y a la vez completa.
Acabo de empezar a estudiar Derecho y apenas estoy estudiando todos estos conceptos y al ver hoy una mesa redonda en donde uno de los participantes decía que el Derecho Familiar debía ser parte del Derecho Público porque la familia es un colectivo social, me di la confundida de la vida jajajaja
Tu artículo me ayudó mucho a aclarar ésa, y otras dudas que tenía.
Y mira qué «casualidad» que vine a caer aquí siendo uno de mis intereses el llegar a ser un día traductora jurídica.
¡Saludos desde México!
Gracias, Anasthassia. Me alegra mucho que te haya servido y que nos hayamos encontrado. ¡Bienvenida!