910019947
info@educaciondigital.es
Facebook
Twitter
YouTube
Educacion-digital-logo-negro
  • HOME
  • RECURSOS
    • Para abogados
    • Para traductores jurídicos
    • Para profes de idiomas
      • Guía cursos pregrabados
      • Cuaderno de inspiración
      • Miniguia para impartir cursos online a grupos
      • El excel mágico
  • CURSOS
    • Para abogados
      • [Abierto] TOLES
      • [Abierto] Happy clients Happy Lawyers
      • [Próximamente] Legaleasy Academy
      • [Próximamente] Microtalleres de marketing jurídico
    • Para traductores jurídicos
      • [Abierto] EDEtradjur
      • [Abierto] Taller práctico online de Traducción Jurídica
    • Para profes de idiomas
      • [Gratis] Webinario para profes de idiomas
      • [Mi libro-curso] Membresías de idiomas
      • [Lista de espera] Florece
      • [Lista de espera] Transforma
      • [Próximamente] Mariposas en la tripa
    • Conferenciante y divulgadora
  • SOBRE MÍ
  • BLOG
    • Inglés jurídico
    • Traducción jurídica
    • Profes online de idiomas
    • Todo
  • LIBRO
  • PODCASTS
    • Hoy es un buen día
    • The Legaleasy Podcast
  • CONTACTO
Derecho para traductores: las penas (I)

Derecho para traductores: entender las penas

28/06/2018Lola GamboaTraducción jurídicaNo hay comentarios

Antes de empezar, quiero avisarte de que esta entrada viene con pdf descargable para practicar con las expresiones que encontrarás en ella.

Con frecuencia, los ciudadanos nos sorprendemos con las noticias en los medios sobre la pena que se le impone a un determinado delincuente. Conocer los tipos de penas que existen en nuestro ordenamiento, los principios que rigen su aplicación y las reglas de individualización de las penas, es interesante a nivel de cultura general, y muy útil para el traductor o intérprete judicial.

Así que hoy, vamos a hablar de las penas, a las cuales quiero dedicar varias entradas, ya que es un tema fundamental y a la vez bastante extenso.

Como el propio nombre indica, la pena es una manifestación de la potestad sancionadora del Estado (el llamado ius puniendi) en el ámbito penal: es la sanción que se le impone a un individuo que comete un delito. No hay penas en lo civil, ni en lo laboral, aunque sí sanciones (que no penas) en lo administrativo.  Así que, todo lo que necesitas saber en realidad sobre el tema que hoy nos ocupa, está en la norma fundamental del Derecho Penal: el Código Penal.

Las penas, en un Estado de Derecho como el nuestro, se rigen por unos principios fundamentales que garantizan los derechos de los ciudadanos, entre ellos:

  • El denominado principio de legalidad: se traduce fundamentalmente en el aforismo «no hay delito ni pena sin ley» (nullum crimen, nulla poena sine lege). Es decir: para que una conducta sea delictiva tiene que estar tipificada como tal en el Código Penal que, a su vez, regula las penas para cada delito. Es decir, que en nuestro ordenamiento no se puede castigar una conducta que no esté tipificada previamente como delito. Y no se puede imponer una pena que no esté recogida en el C.P..
  • El principio de seguridad jurídica: establece que los ciudadanos debemos poder saber qué conductas pueden ser castigadas penalmente y qué castigo puede corresponderles.

Solo es posible ejecutar una pena en virtud de sentencia firme.  El juez, cuando dicta sentencia, debe buscar la proporcionalidad al determinar la pena para el caso concreto. En cada caso concreto tendrá en cuenta:

  • el grado de ejecución (si el delito es consumado o en grado de tentativa)
  • el grado de participación (si el acusado es autor, cómplice, etc.)
  • la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad penal (atenuantes y agravantes)
  • si hay concurso de delitos (os hablé sobre esto en este post)

Para clasificar las penas, tenemos tres criterios fundamentales:

1) Por su naturaleza: distinguiremos entre penas privativas de libertad, penas privativas de Derechos y multa. Es importante señalar aquí que no son penas ni la detención, ni la prisión preventiva, ni las medidas cautelares que se puedan adoptar en un procedimiento penal (recuerda: la pena se recoge en sentencia firme). Como ejemplos de pena privativa de derechos podemos citar la privación del permiso de conducir o la inhabilitación para ejercer una profesión.

2) Por su gravedad: el C.P. establece tres grados, una clasificación que obedece a un criterio puramente temporal. Cuanto más dura una pena, más grave es (¡es lógico!). Así, diferenciamos entre penas graves, menos graves y leves. Esta clasificación, a su vez, determina la clasificación de los delitos en delitos graves (castigados con pena grave), menos graves (castigados con pena menos grave) y leves (castigados con… ¡bingo!). Por ejemplo, la pena de prisión será grave si es superior a 5 años y menos grave si es inferior a 5 años. O los trabajos en beneficio de la comunidad, hasta 30 días son pena leve, y de 31 a 180 días son pena menos grave.

3) Por su autonomía: distinguimos entre pena principal y accesorias. Cada delito lleva una pena principal y, a veces, una o varias penas accesorias. Por ejemplo, la pena de prisión superior a 10 años conlleva la accesoria de inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena.

De momento, creo que es suficiente para empezar a entender las penas. El tema es extenso e importante, así que, como te decía, voy a dividirlo en varias entradas. Próximamente hablaremos, por ejemplo, de la individualización de las penas, es decir, de la determinación de la pena para el caso concreto a partir del marco abstracto proporcionado por el C.P. para cada delito.  Espero que este post haya sido clarificador para ti.

En el descargable de hoy volvemos a jugar con la terminología y los conceptos aprendidos en este post por medio de un ejercicio práctico. Únete a mi comunidad de aprendizaje en el formulario de aquí debajo y te lo enviaremos al email que nos facilites (y, si ya eres miembro, utiliza también el formulario para recibirlo).


ÚNETE A NUESTRA COMUNIDAD DE TRADUCCIÓN JURÍDICA Y RECIBE CONTENIDOS CADA 15 DÍAS


Para empezar, te enviaremos esta entrada formato pdf

¿Preparado para aprender Derecho de forma amena?

*Por entrar a formar parte de nuestra comunidad de traducción jurídica, recibirás contenidos e información práctica cada 15 días. Podrás darte de baja cuando desees y dejar de recibir recursos e información sobre traducción jurídica.

¡Feliz jueves!

 

 

 

 

 

—

Etiquetas: Derecho para traductores, tradjur

Entradas relacionadas

Consultorio dudas tradjur

[Derecho para traducción jurídica] Consultorio de dudas (I)

20/05/2021Lola Gamboa

La traducción de los delitos

15/02/2018Lola Gamboa
Derecho para traductores: El convenio regulador

Derecho para traducción jurídica: El convenio regulador

14/06/2018Lola Gamboa

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Accede a la GUÍA para preparar el examen TOLES de inglés jurídico:

Podcast para profes de idiomas:

Podcast para abogados y traductores:

The Legaleasy Podcast

Entradas recientes

  • [HUBD] Para enseñar en el tercer sector con Nuria Otero
  • Protegido: [Contenido exclusivo para suscriptores] Lady Hale
  • [HUBD] Para enseñar español médico con Ana GT
  • [Derecho para traductores] Guía básica para entender los tipos de empresa en España (II)
  • [HUBD] Para hablar de vender con Gloria Méndez
  • [Inglés jurídico] Homenaje a Lady Hale
  • [HUBD] Para iniciarte en el social selling con LinkedIn
  • [HUBD] Para entrevistar a César Rodríguez de Spanish Language Coach
  • Protegido: [Contenido exclusivo para suscriptores] Alternativas al verbo «to try»
  • [HUBD] Para hablar de tu estrategia de precios y posicionamiento
  • [Derecho para traductores] Guía básica para entender los tipos de empresa en España (I)
  • [HUBD] Para emprender siendo funcionaria, con Paloma García
  • [Inglés jurídico] Formas de decir intentar sin usar «to try»
  • [HUBD] Para entrevistar a la coach Blanca Gallego
  • [HUBD] Para definir el acceso a tus cursos online de idiomas
  • Protegido: [Contenido exclusivo para suscriptores] Preposiciones (ejercicio TOLES)
  • [HUBD] Para posicionarte gracias a Tik Tok con Paloma Fernández
  • [Derecho para traductores] La carrera judicial
  • [HUBD] Para hacer florecer tu proyecto docente
  • [Inglés jurídico] Las preposiciones en el examen TOLES

Condiciones de contratación

Política de privacidad y cookies

Aviso legal

Copyright © 2015 | ED Prospective and Research, S.L. con CIF B93014025 está inscrita en el Registro Mercantil de Málaga en el Tomo 4668, Folio 35, Hoja Registral 102212, Inscripción 1 Contacto: Phoenix College Málaga C/ Méndez Núñez 5, 1º D 29008 Málaga, Teléf. 910019947, info[@]educaciondigital.es
Cookies y esas cositas
Utilizo cookies propias y de terceros para mejorar mis servicios y mostrarte
publicidad relacionada con tus preferencias mediante el análisis de tus hábitos de
navegación. Si continúas navegando, entiendo que aceptas su uso. Puedes obtener más información aquí. Acepto No, gracias Cuéntame más, Lola
Política de Privacidad y Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR