

La Audiencia Nacional es probablemente uno de los órganos jurisdiccionales más mediáticos de nuestro organigrama judicial.
Los asuntos que se juzgan aquí y sus jueces aparecen frecuentemente en las noticias y por tanto estamos acostumbrados a leer o a escuchar sobre ella.
Pero… ¿qué sabemos realmente de la Audiencia Nacional?
Por ejemplo:
- ¿Es un órgano exclusivamente penal?
- ¿Cómo está compuesto?
- O… ¿qué tipo de asuntos juzga?
Siendo un órgano en el que se requieren a menudo los servicios de traductores e intérpretes, creo que es interesante conocerlo al menos de forma sucinta, pero también estructurada.
Por este motivo he preparado esta breve guía que espero te ayude a conocer datos básicos de esta institución.
¿Todo listo para aprender? ¡Vamos a ello!
Qué es la Audiencia Nacional
Básicamente, la Audiencia Nacional es un tribunal de la jurisdicción ordinaria que conoce en exclusiva de determinadas materias que la ley le atribuye.
Por ejemplo, tiene jurisdicción sobre toda España para conocer de los delitos de terrorismo.
Pero no sólo tiene jurisdicción penal. Los asuntos penales son los que más nos suenan y por eso asociamos este tribunal al orden criminal. Pero, como veremos luego al hablar de su composición, lo cierto es que tiene competencia en 3 órdenes jurisdiccionales diferentes: el penal, el contencioso-administrativo y el social.
La Audiencia Nacional está ubicada en Madrid.
Por todo esto que te cuento decimos que es un tribunal centralizado (con jurisdicción en toda España sobre determinados asuntos y sede en Madrid), colegiado (se compone de más de un juez) y especializado (conoce en exclusiva de ciertas materias).
Se creó por cierto en España en 1977, fecha de las primeras elecciones democráticas tras la dictadura, por lo que es un órgano que ha ido de la mano de nuestra democracia.
Cuál es la composición de la Audiencia Nacional
La Audiencia Nacional no es en realidad un único tribunal, sino que dentro de ella encontramos lo siguiente:
- Los llamados Juzgados Centrales de Instrucción. Son 6 en total.
- Las cuatro Salas: Sala de lo Penal, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sala de lo Social y la Sala de Apelación.
- Por último, hay también doce Juzgados Centrales de lo Contencioso, un Juzgado Central de lo Penal y un Juzgado de Menores.
En total leo que hay 64 magistrados. Uno de ellos es el Presidente de la Audiencia Nacional, quien tiene la misma categoría o consideración que un Presidente de Sala del Tribunal Supremo.
Las Salas de la Audiencia Nacional tienen a su vez un Presidente de Sala cada una y pueden dividirse en Secciones si el volumen de asuntos lo aconseja. Y de hecho, es el caso en la Sala de lo Penal (con 4 secciones) y en la de lo Contencioso-Administrativo con 8 secciones.
Las secciones de la Sala de lo Penal se componen de un Presidente y dos magistrados.
Las secciones de la Sala de lo Contencioso-Administrativo se componen de un Presidente y tres magistrados.
La Sala de lo Social, se compone del Presidente de Sala y dos magistrados.
Cada sección es en realidad como ves un tribunal en sí misma. Aquí te dejo un ejemplo de sentencia de la Sección 5ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo.
Qué juzga y cuándo es competente la Audiencia Nacional en lo Penal
Como te he comentado, la AN tiene competencias en tres órdenes jurisdiccionales. Veamos exactamente de qué conoce en cada uno de ellos, empezando por lo penal.
La Audiencia Nacional tiene competencia por ejemplo sobre los delitos de terrorismo, los delitos contra la Corona, delitos de tráfico de drogas cuando se trate de bandas o crimen organizado, delitos cometidos por españoles en el extranjero o la falsificación de moneda por organizaciones o grupos criminales.
Antes de nada, hay que recordar que en España, salvo que se trate de delitos leves, los delitos deben primero instruirse y luego juzgarse. Esto ocurre también la Audiencia Nacional: primero la instrucción (la investigación del delito) y luego el juicio.
Así, cuando se comete uno de los delitos competencia de la AN, la instrucción ocurrirá en uno de sus Juzgados Centrales de Instrucción y el enjuiciamiento correrá a cargo ya sea de la Sala de lo Penal (en una de sus secciones) o del Juzgado Central de lo Penal.
El Juzgado Central de lo Penal es competente cuando se trata de la versión algo más leve de esos delitos, por ejemplo de los castigados con pena de prisión de hasta 5 años.
Si la pena es superior a 5 años de cárcel, el juicio se celebrará en la Sala de lo Penal.
Además tenemos el Juzgado Central de Menores que es competente para juzgar esos delitos si han sido cometidos por menores.
Por último, quiero contarte que existe también el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria, encargado del control y la ejecución de las penas privativas de libertad de delitos que han sido juzgados en la Audiencia Nacional.
De qué conoce la Audiencia Nacional en lo Contencioso-Administrativo
Ya he mencionado que están por un lado los Juzgados Centrales y la Sala de lo Contencioso-administrativo
Cada uno conoce de los recursos contencioso-administrativos contra ciertos actos de la Administración que la ley estipula.
En concreto, el artículo 9 de la ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, regula cuáles son competencia de los Juzgados Centrales. Yo te doy simplemente un ejemplo: conocerán en primera instancia de los recursos contencioso-administrativos contra las resoluciones de inadmisión de las peticiones de asilo político.
Y el artículo 11 de la misma ley se refiere a los recursos cuyo conocimiento corresponde a la Sala. Por ejemplo, conocerá en única instancia de los recursos contra los actos de naturaleza económico-administrativa dictados por el Ministro de Economía y Hacienda y por el Tribunal Económico-Administrativo Central.
La Sala además conoce de los recursos de apelación contra las sentencias de los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo.
De qué conoce la Audiencia Nacional en lo Social
Por último, lo laboral. La Ley Orgánica del Poder Judicial dispone en su artículo 67 lo siguiente:
La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional conocerá en única instancia:
1.º De los procesos especiales de impugnación de convenios colectivos cuyo ámbito territorial de aplicación sea superior al territorio de una Comunidad Autónoma.
2.º De los procesos sobre conflictos colectivos cuya resolución haya de surtir efecto en un ámbito territorial superior al de una Comunidad Autónoma.
Qué es la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional
La Sala de Apelación es una segunda instancia penal dentro de la Audiencia Nacional.
Fue creada en 2017 y conoce de los recursos contra las sentencias dictadas por la Sala de lo Penal.
Porque de la apelación contra las sentencias de los Juzgados Centrales conoce precisamente la Sala de lo Penal.
¡Y hasta aquí por hoy!
Confío en que esta breve guía introductoria te haya arrojado algo de luz sobre esta institución fundamental.
A mí misma me ha servido para poner orden en mi cabeza, pues realmente albergaba dudas sobre su composición y competencias.
¡Feliz jueves!