

Cuando vamos con nuestros alumnos traductores a ver juicios, lo primero es identificar a cada una de las personas que van a actuar en la vista oral. Nos gusta empezar estas prácticas con la jurisdicción penal, pues son los juicios más entretenidos y fáciles de seguir para el lego en Derecho.
Las vistas en lo penal son audiencia pública, es decir, puede asistir cualquier persona como público. Cuando llegas a los juzgados, una manera sencilla de saber en qué salas hay juicios es buscar aquellas que tienen un folio con una lista colgada en la puerta, que no es otra cosa que la lista de señalamientos para ese día.
Para entrar en un juicio hay que esperar a que el anterior termine, pues no se puede entrar con la vista ya empezada. Si vas, te aconsejo que busques los Juzgados de Instrucción pues en éstos se enjuician los delitos leves (antes llamados faltas) y, por tanto, suelen ser juicios más rápidos. También puedes ir a los Juzgados de lo Penal, donde verás ya juicios por delitos de mayor gravedad y con «más miga».
Fíjate también en esa lista si entre los nombres de los acusados hay personas con nombres extranjeros, tendrás más probabilidades de asistir a vistas en las que intervenga un intérprete judicial.
Una vez dentro, por ejemplo, de un Juzgado de Instrucción, tendrás que identificar quién es quién, algo esencial si en algún momento te toca interpretar en un juicio, para saber exactamente qué está ocurriendo. Siendo un juicio penal por delitos leves, podremos encontrarnos, fundamentalmente, con los siguientes actores:
- El Juez
- El Letrado de la Administración de Justicia (antes Secretario Judicial)
- El Fiscal
- El abogado defensor
- El abogado de la Acusación Particular (si lo hubiere, es poco frecuente en un juicio por delitos leves)
- El agente judicial (ahora denominado personal del Cuerpo de Auxilio Judicial)
- El denunciante
- El acusado
- Los testigos
- El intérprete judicial (si lo hubiere)
En nuestras normas de enjuiciamiento no hay reglas sobre la disposición de las partes en la sala de vistas, es decir, sobre dónde ha de sentarse cada uno. El Estatuto General de la Abogacía Española dispone, respecto de los abogados, lo siguiente:
Los abogados tendrán derecho a intervenir ante los Tribunales de cualquier jurisdicción sentados dentro del estrado, al mismo nivel en que se halle instalado el Tribunal ante quien actúen, teniendo delante de sí una mesa y situándose a los lados del Tribunal de modo que no den la espalda al público, siempre con igualdad de trato que el Ministerio Fiscal o la Abogacía del Estado.
El estrado es simétrico y en el centro del mismo, actuando como eje, se sienta el juez. Y a su lado podemos ver al letrado de la Administración de Justicia. El juez es quien dirige el acto, da y quita la palabra y mantiene el orden en la sala. El antes denominado Secretario Judicial solía estar presente para levantar acta de cuanto ocurría en el juicio, pero ahora las vistas penales se graban en vídeo, estando la cámara situada justo detrás del juez.
La posición de las partes, según mi experiencia, varía de unos juzgados a otros. Podréis leer artículos y ver vídeos en Youtube en los que, normalmente, la parte acusadora se sienta a la derecha del juez. Sin embargo, en Málaga por ejemplo, el fiscal y la acusación se sientan a la izquierda de su señoría. Esto se aplica de igual manera al lugar en el que se sentarán la persona denunciante y la acusada (en el lado izquierdo o derecho).
Dado que no hay reglas, esta disposición está más bien basada en la costumbre y el uso del lugar. Cuando yo ejercía como abogada y tenía un juicio, y habiendo ejercido en Madrid y solo ocasionalmente en Málaga, solía entrar antes de mi vista para ver cómo funcionaba todo en el juzgado concreto, empezando por identificar dónde tendría que sentarme. Es una buena práctica también para los intérpretes.
Otro funcionario que estará presente es el agente judicial, encargado, por ejemplo, de llamar a las partes y a los testigos que aguardan fuera de la sala de vistas y de dar traslado a los letrados de los documentos que sea preciso durante el juicio.
En ocasiones no habrá fiscal (porque sea un delito de tipo privado) y lo habitual es que no haya acusación particular porque se trata de delitos públicos o semipúblicos en los que esa acusación la lleva a cabo el Ministerio Fiscal.
Los testigos deben esperar fuera e irán entrando conforme vayan siendo llamados. La finalidad es que no puedan escuchar al anterior testigo y cambiar su declaración sobre los hechos. El falso testimonio es un delito, pero lo cierto es que ocurre todos los días en los juzgados.
Para terminar, os dejo con un vídeo en el que podéis ver una vista de un juicio de faltas. Lo genial del vídeo es que alguien se ha encargado de incluir anotaciones aclaratorias de cuanto está ocurriendo en el acto. Veréis en la grabación que la sala de vistas es muy pequeñita, algo que ocurre con frecuencia. Es importante tenerlo en cuenta cuando se quiere ir a ver juicios, porque a veces no hay sitio para sentarse y por tanto, tendrás que buscar otra sala.
Consejo: Puedes encontrar más vídeos en Youtube y usarlos para practicar interpretación judicial. Verás que no es nada fácil, ¡empezando por la velocidad a la que hablan juez y demás intervinientes!
Lola Gamboa