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Hoy me apetecía escribir una entrada más ligera y divertente.
Y me he acordado de cuánta gente confunde las distintas denominaciones que existen para los que hemos estudiado la carrera o grado de Derecho.
Así que si como traductor o intérprete no tienes clara la diferencia entre, por ejemplo, un abogado, un licenciado en Derecho, un letrado, un jurista, un procesalista o un asesor, esta entrada pretende aclararte estos conceptos básicos que seguramente tengas que manejar en tus traducciones.
¿Te apetece comprobar si conoces bien la terminología esencial sobre esta profesión?
¡Vamos a ello!
1. Abogado
Yo he sido abogada. Actualmente no lo soy.
Personalmente, he dejado de autodenominarme «abogada» en el momento en que me he dado de baja de mi colegio profesional.
Pero en sentido estricto, solo puede denominarse abogado a los licenciados en Derecho colegiados como ejercientes.
Es decir, que mientras he estado colegiada como no ejerciente, no podía técnicamente presentarme como abogada.
Un abogado no ejerciente no puede de hecho intervenir ante los tribunales de justicia.
El Estatuto General de la Abogacía Española, en su artículo 9, lo dice muy claro:
1. Son abogados quienes, incorporados a un Colegio español de Abogados en calidad de ejercientes y cumplidos los requisitos necesarios para ello, se dedican de forma profesional al asesoramiento, concordia y defensa de los intereses jurídicos ajenos, públicos o privados.
2. Corresponde en exclusiva la denominación y función de abogado a quienes lo sean de acuerdo con la precedente definición, y en los términos previstos por el artículo 436 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
3. No obstante, podrán seguir utilizando la denominación de abogado, añadiendo siempre la expresión «sin ejercicio», quienes cesen en el ejercicio de dicha profesión después de haber ejercido al menos veinte años.
Esto se traduce en que en su tarjeta de presentación, solo los colegiados ejercientes pueden usar la palabra abogado.
Me interesa especialmente que tengas claro que un licenciado o graduado en Derecho no es abogado.
Un juez, por ejemplo. Es licenciado en Derecho pero no es abogado.
Igual pasa con un notario.
Con un procurador.
O con un registrador de la propiedad.
Todos ellos son licenciados o graduados en Derecho (en función de su plan de estudios). Pero no son abogados.
La costumbre generalizada de denominar abogado/a quien estudia Derecho es técnicamente incorrecta.
2. Letrado
En el ámbito de los juzgados y tribunales, escucharás a jueces, fiscales y demás integrantes de la oficina judicial, dirigirse a los abogados como «letrados».
Sra. Letrada, tiene 5 minutos para informar.
¿Alguna otra pregunta, Sr. Letrado?
El letrado de la defensa. El letrado de la acusación. Hablamos también del derecho a la asistencia letrada (el derecho a ser defendido por un abogado).
Sería más raro escuchar a un cliente lego hablar de «su letrado».
Además de usarse como sinónimo de abogado (normalmente en el contexto judicial) verás que hay ciertos funcionarios que son denominados letrados. Entre ellos, el letrado de la Administración de Justicia, que es como en la actualidad se denomina al secretario judicial.
Pero también tienes a los letrados de Cortes, a los letrados de la Seguridad Social o a los letrados del Tribunal de Cuentas.
3. Compañero
Una vez, a punto de empezar a impartir uno de mis cursos de inglés jurídico en el colegio de abogados, entró un chico con rastas y preguntó por el aula de mi curso.
Un trabajador del colegio me aclaró: «es compañero».
Con esto me estaba diciendo: es abogado.
La anécdota es graciosa porque un rasta no encaja mucho en la imagen que todos tenemos de los abogados.
El caso es que los abogados usamos, perdón, me corrijo, usan mucho la palabra «compañero».
Cuando escriben a otro abogado dicen: estimado compañero.
Si llaman a otro despacho de abogados, pueden y suelen identificarse como compañeros.
4. Jurista
Es la denominación que personalmente uso ahora para explicar mi relación con el mundo del Derecho. Soy jurista.
Pero hay quien podría opinar que me viene grande, me explico.
Con frecuencia encontramos la palabra jurista seguida de: «de reconocido prestigio», «de reconocida competencia», etc.
De hecho, leo un arículo en Confilegal en la que un ex abogado del Estado dice que no todos los abogados son juristas porque exige un cierto nivel. Según el autor, un jurista es un abogado «distinguido».
Pero si buscas «jurista» en el diccionario, dice:
Persona que se dedica al estudio del derecho o lo ejerce como profesión.
En mi opinión, un catedrático o profesor de Derecho es un jurista. Un teórico del Derecho que escribe libros, es un jurista. Un juez es un jurista. Un abogado es un jurista.
Lo concibo como una denominación bastante más amplia que puede darte juego en alguna ocasión.
Con el mismo significado tienes la palabra «jurisconsulto» , pero sinceramente, diría que es muy poco empleada.
5. Procesalista
Por último, verás que con frecuencia los abogados nos designamos (ay, perdón de nuevo), se designan por su especialidad.
Penalista, civilista, laboralista…. .
Procesalista es una manera posible de referirnos al abogado litigante.
Porque no todo abogado va a juicio, esto tienes que tenerlo claro.
Hay abogados que jamás pisan un juzgado.
Se dedican al asesoramiento (por ejemplo, los fiscalistas), a las transacciones inmobiliarias, etc.
¡Y esto es todo por hoy!
Confío en que te haya aclarado o descubierto algo nuevo.
Y si tienes algo que compartir, comentar o aportar, ¡usa los comentarios más abajo! Entre todos podemos contribuir a la claridad del lenguaje en el ámbito del Derecho.
¡Feliz jueves!
5 comentarios. Dejar nuevo
Buenos días: Cuando yo vivía en España, también oía mucho la palabra «colega» como sinónimo de «compañero». Primera acepción.
Del lat. coll?ga, y este de co- ‘co-‘ y leg?re ‘nombrar como legado o lugarteniente’.
1. m. y f. Compañero en un colegio, iglesia, corporación o ejercicio.
2. m. y f. coloq. Amigo, compañero.
En un acto de rebeldía personal, yo sigo llamando a los Secretarios Judiciales, Secretarios Judiciales. Saludos de Países Bajos
¡Gracias, Belén!
Muchos seguimos usando la expresión secretario judicial; la de letrado es más larga y creo que menos operativa. Además es confusa, porque si decimos letrado a secas, se confundiría con los abogados.
‘Pre-juez’; Creo que es como querrían denominarse los secretarios judiciales, actualmente llamados letrados. Parece ser que el término o denominación de secretario es inferior o no concuerda con la importancia jurídica que los mismos ostentan. (Nótese la ironía)
Es muy común, que estos términos acaben siendo confundidos. Esto puede ser porque se suele englobar a todo con «abogado», sin conocer que existen diferentes especializaciones. Muchas gracias por compartir y aclarar esta información de una manera tan clara.
Un placer, gracias a ti por valorarlo.